El texto de la sentencia reconoció derechamente la existencia de "mala praxis" en la relación, y junto con recordar la "inusual duración del tratamiento", agregó que "por lo tanto, resulta indicativo de su escasa eficacia o éxito".
Añadió además el fallo que "ha quedado demostrado que toda relación económica o comercial entre el sicoanalista y el paciente constituye un acto contrario a la ética profesional", puntualizó.
Quedó establecido además que la paciente canceló 75 mil dólares al psicólogo por honorarios adelantados, que el profesional cuantificó en 200 dólares por sesión, lo que sin embargo arrojó también un pago adelantado de 375 sesiones, es decir, para casi tres años y medio.
El tribunal sentenciador reconoció incluso la "privación ilegítima de la libertad" a la paciente en su relación de dependencia del tratamiento, y condenó al sicólogo a devolver los 75 mil dólares que se le habían adelantado.
Consultada a este respecto la sicóloga a Marisa Maximino, de Buenos Aires, precisó que no existe un periodo estimativo en los tratamientos, explicó que cada uno depende de las problemáticas puntuales del paciente, pero destacó, sin embargo, que "en ningún caso" se puede prolongar por 30 años.
Aquellos interesados en recibir el fallo completo, lo pueden solicitar via mail: info@elpsitio.com.ar
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